Conozca la ley n° 29080 del agente inmobiliario

| Fecha: 11 Jul, 2022

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ley N° 29080

En estos últimos años, el agente inmobiliario se ha convertido en una pieza fundamental cuando hablamos de transacciones inmobiliarias, tales como venta o alquiler de casas, departamentos, oficinas, etc.; es por ello, que el Estado se vio en la necesidad de regular sus funciones, alcances y todo lo concerniente a ello, a través de la Ley N° 29080, aprobado mediante el Decreto Supremo N°010-2016-VIVIENDA.

¿En qué consiste la Ley N° 29080?

La ley N° 29080 es aquella que tiene por objetivo crear el registro del agente inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en donde se va a detallar lo que es un agente inmobiliario, sus funciones, sus derechos, entre otras características concernientes a este. 

En la referida Ley, se define al agente inmobiliario como aquella persona natural o jurídica, formalmente reconocida por el Estado de acuerdo a lo dispuesto en esta Ley, que realiza operaciones inmobiliarias a cambio de una contraprestación económica.

Sobre los requisitos para su inscripción, se detalla:

  1. Para Personas Naturales:
  1. El FIR debidamente llenado, el cual es el documento oficial con carácter de declaración jurada que es la base para registrarse en el Registro de Agentes Inmobiliarios.
  2. Las fotocopias simples del Diploma y del Certificado de Estudios del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario.
  3. La Declaración Jurada del Agente Inmobiliario de encontrarse en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles.
  4. La Declaración Jurada de domicilio, de acuerdo a lo regulado en la Ley Nº 28882, Ley de Simplificación de la Certificación Domiciliaria.
  5. La fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad – DNI del Agente Inmobiliario.
  6. La fotocopia simple del Registro Único de Contribuyente – RUC del Agente Inmobiliario.
  7. El Certificado de Antecedentes Penales de uso administrativo expedido por el Registro Nacional de Condenas en el que se acredite que no registran sentencia condenatoria.
  8. Dos fotografías a color tamaño pasaporte en fondo blanco, actuales, sin retoques ni alteraciones.
  1. Para Personas Jurídicas:
  1. El FIR debidamente llenado.
  2. El Certificado de Vigencia de Persona Jurídica, expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario.
  3. El Certificado de Vigencia de poder del representante legal, expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario.
  4. La fotocopia simple del RUC.
  5. La fotocopia simple del DNI del Representante Legal.
  6. La fotocopia simple del DNI de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.
  7. Las fotocopias simples de los contratos de trabajo o del acto jurídico que acrediten la subordinación entre la persona jurídica y los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.
  8. Las fotocopias simples del Diploma y del Certificado de Estudios del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.
  9. El Certificado de Antecedentes Penales de uso administrativo expedido por el Registro Nacional de Condenas, de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir, en el que se acredite que no registran sentencia condenatoria.

Asimismo, se precisan los derechos y deberes con los que cuenta un agente inmobiliario

  • Derechos de un Agente Inmobiliario
  1. Obtener la inscripción y renovación correspondiente ante el Registro, cuando cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento.
  2. Suscribir con el intermediado el Contrato de Intermediación Inmobiliaria.
  3. Recibir del intermediario la contraprestación económica, conforme a lo establecido en el Contrato de Intermediación Inmobiliaria.
  4. Agruparse en algún tipo de persona jurídica o forma asociativa, con el fin de perfeccionar, fortalecer y difundir la actividad de Agente Inmobiliario.
  • Deberes de un Agente Inmobiliario
  1. Inscribirse en el Registro para ejercer como Agente Inmobiliario y renovar su inscripción, cuando corresponda.
  2. Celebrar por escrito un Contrato de Intermediación Inmobiliaria en el que se detalle como mínimo la(s) operación(es) de intermediación inmobiliaria(s) a realizar.
  3. Cumplir las cláusulas estipuladas en el Contrato de Intermediación Inmobiliaria.
  4. Ejercer con idoneidad, honestidad y ética profesional sus funciones inmobiliarias, y proteger los intereses legales y financieros de los intermediarios.
  5. Estar presente en la firma del(los) contrato(s) que se celebre(n) como consecuencia de la operación(es) inmobiliaria(s) de intermediación y cuando se entreguen los inmuebles objeto de la(s) misma(s).
  6. Mantener en confidencialidad la operación de intermediación inmobiliaria en la que interviene.
  7. Consignar el número de Registro en todos los trámites que realice como Agente Inmobiliario.
  8. Estar en constante capacitación y mantenerse actualizado en diversos temas relacionados con operaciones inmobiliarias de intermediación durante el tiempo de vigencia de su inscripción.
  9. Proporcionar a la Unidad de Inteligencia Financiera, la información a que se refiere el artículo 3 de la Ley N° 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera – Perú, conforme a lo dispuesto en el inciso j) del artículo 3 de la Ley N° 29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-PERÚ) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
  10. Cumplir con las disposiciones previstas en la Ley y el Reglamento.

Por lo que, a manera de conclusión, se considera al agente inmobiliario como aquella persona natural o jurídica que realiza de intermediario entre las partes en una transacción inmobiliaria, con la finalidad de poder ayudarlos a realizar una correcta transacción.

Para conocer mayores detalles en lo relacionado a los agentes inmobiliarios y su inscripción, te invitamos a revisar la Ley N°29080 a cabalidad.

Para más información, escríbenos a: info@casaclicperu.com

Por: Casaclic Perú

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¿Qué información contiene una copia literal?

| Fecha: 08 Jul, 2022

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inscripción

Debemos tener en cuenta que cuando decidimos comprar o adquirir un bien, el acto o los actos que se deriven desde la inscripción de tu bien hacia adelante, es decir, compraventa, hipoteca, levantamientos, entre otros; deben encontrarse inscritos ante registros públicos – SUNARP, para tener todos los documentos de manera legal y listos para cualquier otra transacción futura de tu bien.

En razón a ello, la entidad de SUNARP, crea por cada bien inscrito una Partida Registral, que es aquel documento con el que sustentan que el bien existe física y jurídicamente. Asimismo, con el número de la partida registral, podrás observar todos los actos que han sido inscritos a través del tiempo en tu bien o propiedad.

Ahora bien, con el número de partida registral, también podemos obtener una copia literal o certificado literal de partida, pero en qué consiste una copia literal…

El certificado literal de partida consiste en la reproducción parcial o total de los documentos que van a conformar la partida registral o el título archivado de un bien o derecho inscrito ante los Registros Públicos – SUNARP. Este documento es válido para llevar a cabo cualquier tipo de trámite u operación legal en donde esté involucrado un bien o derecho. Por ejemplo, cuando se quiere comprar un departamento y se desea tener más información sobre él. Es necesario pedir una copia certificada de la partida de Registro de Propiedad del Inmueble a la Sunarp, con este documento se podrá verificar el historial que tiene el inmueble desde su primera inscripción hasta el último acto que fue inscrito, en este se encuentran cada una de las características con la que cuenta, así como también el propietario actual y los anteriores, entre otros detalles.

Asimismo, debemos saber el certificado literal o copia literal se puede solicitar en todas las oficinas de Sunarp, para los casos de inmuebles como en los certificados del Registro de Bienes Muebles, es decir propiedad vehicular, Registro de Personas Naturales (testamentos, sucesión intestada, etc) y Personas Jurídicas (empresas). Cualquier persona lo puede tramitar, siempre que tenga el número de partida registral del bien o derecho a consultar. Para esto debe llenar un formulario y pagar el derecho por la copia literal de la partida.

Cabe mencionar, que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos habilitó en todo el país la emisión de certificados literales de partidas registrales con firma electrónica y código de verificación por medio del Servicio de Publicidad Registral en Línea. Con esta modalidad los usuarios pueden tramitar, pagar y recibir certificados literales de los Registros de Predios, Personas Jurídicas y Personas Naturales sin que tengan que ir hasta una oficina registral, esto es debido a la pandemia por el Covid-19 que aún atraviesa el país. Con esta medida se evita poner en riesgo la salud de todos los peruanos que requieran hacer el trámite. 

Para poder solicitar este documento online se debe acceder al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) por medio de la página web de Sunarp.

La copia literal de la partida del Registro de Propiedad Inmueble cuesta S/. 13.00 por las dos primeras hojas. Las hojas adicionales tendrán un costo extra de S/. 6.00, es posible que su entrega sea el mismo día o siguiente, todo dependerá de la oficina o del flujo online que se tenga. 

Recuerda que si estás pensando comprar un departamento debes asegurarte de contar con esta documentación, sin ella podrías ser motivo de estafas.

Para más información, escríbenos a: info@casaclicperu.com

Por: Edson Zelada Herrera

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¿Qué es un leasing financiero?

| Fecha: 07 Jul, 2022

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leasing

El leasing, a modo general, es un mecanismo de financiación mediante el cual una entidad financiera (comúnmente conocida como arrendador), por instrucción de un cliente solicitante (denominado arrendatario o locatario), adquiere un activo de capital, el cual está bajo propiedad de la entidad, y se lo entrega al locatario en arrendamiento financiero u operativo para su uso y goce por un periodo de tiempo a cambio de un pago periódico de una suma de dinero, denominado “canon”.

Ahora bien, específicamente, el leasing financiero es una operación de financiamiento mediante la cual un establecimiento bancario o una compañía de financiamiento adquiere un activo productivo, el cual previamente ha sido seleccionado por el locatario, y se lo entrega a éste para que lo use a cambio de un canon.

Aquí, el arrendador (entidad financiera) es el dueño legal del activo durante la duración del contrato, mientras que el locatario se beneficia de la vida económica del activo y asume las responsabilidades derivadas de la tenencia del mismo y las que se hayan pactado inicialmente en el contrato (por ejemplo: mantenimientos, seguros, entre otros). Al final de la operación, que generalmente comprende un periodo igual a la vida útil del activo, el locatario tiene la potestad de ejercer una “opción de adquisición” sobre el mismo bien a un precio pactado desde el inicio, generalmente a su favor y que no es superior al 30% del valor comercial del bien, o restituir (devolverlo) a la entidad financiera.

Por lo tanto, podemos definir entonces que el leasing financiero es un tipo de contrato de arrendamiento con opción de compra mediante el cual una entidad otorga financiamiento a una empresa para adquirir activos. De modo que esta pueda arrendar un bien; y, si es que así lo desea, adquirirlo hacia el final del contrato.

Los bienes que se pueden financiar mediante el leasing financiero son aquellos considerados durables. En tal sentido, son ejemplos de bienes que se pueden arrendar:

  • Inmuebles como oficinas, locales, etc.
  • Activos tecnológicos tales como laptops, computadoras.
  • Automóviles.
  • Equipos de producción como maquinaria industrial.

Los beneficios que ofrece el leasing pueden ser aprovechados tanto por las empresas como por las personas, entre estos se encuentran:

  1. Financiar un porcentaje más elevado del valor del activo en comparación con el porcentaje de financiación en un crédito convencional.
  2. Sin necesidad de adquirir e incurrir en el gasto de su compra, obtener el uso de muebles e inmuebles, tanto en el mercado nacional como en el internacional, desde equipos para oficinas, maquinaria especializada y software, hasta establecimientos comerciales, cualquier clase de vehículo, viviendas nuevas, usadas o sobre planos.
  3. Flexibilidad en la estructuración del negocio, pues le permite al cliente adaptar sus pagos de acuerdo con sus preferencias y flujo de caja, ya que el leasing está basado en la valoración del activo y en la capacidad del cliente para generar flujos de caja para cumplir con los pagos, contrario a lo que ocurre con el crédito tradicional, donde la solvencia está determinada esencialmente por sus estados financieros y su historial crediticio.
  4. Evaluar la idoneidad de los activos frente a las necesidades de su negocio antes de incurrir en gastos de adquisición sobre los mismos.
  5. Evitar la inversión en activos que se pueden devaluar rápidamente y son de difícil venta.
  6. Renovar ágilmente los vehículos, maquinaria, equipos y tecnología a disposición de su negocio, evitando la gestión de enajenación de activos de difícil comercialización.  
  7. El bien, al ser de propiedad de la entidad financiera, no hace parte del patrimonio del cliente, por lo que no se registra en los activos del cliente para el cálculo del impuesto de renta u otros impuestos.
  8. El activo, al ser de propiedad de la entidad financiera, no hace parte del patrimonio del cliente, por lo que terceros acreedores del cliente no pueden repetir contra éste al no ser el cliente dueño del mismo.

En el Sector Inmobiliario, los costos financieros son más bajos relacionados con:

  1. Costos de Constitución. Al estar la propiedad en cabeza de la entidad financiera, no se incurre en gastos de constitución y registro de garantías hipotecarias.
  2. Una vez finalizada la operación de leasing y ejercida la opción de adquisición, los gastos notariales se liquidan por el valor de la opción de compra, que normalmente está entre el 10 y 30% del valor del inmueble.
  3. Al estar la propiedad en cabeza de la entidad financiera, dicha entidad tiene una mejor garantía en comparación con una garantía hipotecaria, lo que representa un menor riesgo para la entidad y le permite ofrecer mejores tasas de interés, en comparación con una operación de crédito hipotecario.

Para más información, escríbenos a: info@casaclicperu.com

Por: Edson Zelada Herrera

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¿Qué es el impuesto a la alcabala?

| Fecha: 06 Jul, 2022

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impuesto

Debemos tener en cuenta que al momento que se realiza la transferencia de un bien ya sea mediante una compraventa, donación, ventas con reserva de dominio, etc.; a nuestro favor, se debe cumplir con ciertas obligaciones, entre ellas se encuentra el pago del impuesto a la alcabala.

Por lo tanto, el impuesto a la alcabala es un impuesto que grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, que debe ser efectuado por el comprador o adquiriente del bien inmueble hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia, sin que ello altere la forma y cantidad de pago que ha sido pactado para la compra de la propiedad.

El cálculo del impuesto a la alcabala se calcula en función al 3% del valor de transferencia con un descuento de S/. 46.000 soles (10 UIT), esta cifra no podrá ser menor al valor de autoavalúo del inmueble correspondiente al ejercicio en que se produce la transferencia, esto quiere decir que se hará una comparación entre el valor real de la transferencia y el valor considerado del predio en el autoavalúo correspondiente al año en que se realiza la transferencia y el valor que resulte mayor de esta comparación, constituye la base imponible, a la que se aplicará la tasa del impuesto del 3%.

Cabe mencionar que, el pago de la Alcabala es un paso importante ya que los Notarios y Registradores Públicos le solicitarán la liquidación y pago del Impuesto de Alcabala o en su defecto, la Constancia de No pago como requisito indispensable para formalizar la transferencia de propiedad.

INAFECTOS AL IMPUESTO DE ALCABALA

  • No está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble, vigente al año en el que se hace la transferencia.
  • Los anticipos de legítima.
  • Transferencias por causa de muerte.
  • Cuando se trata de un proceso de Primera Venta o de Compra de un Bien Futuro; es decir, cuando le haces la compra directamente a una constructora.
  • Repartición de bienes generados en el matrimonio.

OBLIGACIONES COMO ADQUIRIENTE

EL comprador deberá cumplir con su obligación de presentar su Declaración Jurada de Inscripción del Impuesto Predial, teniendo como plazo hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente de efectuada la transferencia pues de no hacer ello, se aplicaría una multa omisión a la presentación de la declaración jurada.

OBLIGACIONES COMO TRANSFERENTE

El vendedor o transferente deberá presentar la Declaración Jurada de Descargo del Impuesto Predial, teniendo como plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia, en caso contrario se le aplicará una multa. Además, estará obligado a efectuar el pago total del Impuesto Predial incluido el de todo el año en el que se realizó la transferencia.

Para más información, escríbenos a: info@casaclicperu.com

Por: Edson Zelada Herrera

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Conoce cuales son las características de la coposesión y la copropiedad

| Fecha: 05 Jul, 2022

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coposesión

En primer lugar, debemos saber que la coposesión se encuentra regulado en el artículo 899° del Código Civil, en donde establece lo siguiente: “Existe coposesión cuando dos o más personas poseen un mismo bien conjuntamente. Cada poseedor puede ejercer sobre los bienes actos posesorios, con tal que no signifiquen la exclusión de los demás”, por lo tanto, la coposesión se presenta cuando dos o más personas poseen un mismo bien conjuntamente. 

La norma civil no distingue si los derechos posesorios de cada uno de los que concurren en la posesión de un mismo bien reflejan los mismos o diferentes derechos, por lo que, en ambos supuestos estaremos frente a una coposesión. En todo caso, podría decirse que cuando se trata de coposeedores con derechos posesorios homogéneos, estaremos frente a una coposesión propia y cuando los derechos posesorios de los coposeedores sean de naturaleza distinta, por ejemplo, unos poseen como dueños y otros a título distinto, estaremos frente a una coposesión impropia. En el primer caso, los coposeedores pueden usar el bien que poseen, el que pasaría a ser una copropiedad, mientras que en la coposesión impropia no sería posible la usucapión a favor de los coposeedores.

CARACTERÍSTICAS DE LA COPOSESIÓN

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia precisó que la coposesión, entendida como la cotitularidad o pluralidad de titulares en la posesión de una cosa, se caracteriza por tener los siguientes elementos:

  • Pluralidad de poseedores. Dos o más sujetos pretenden ser y actúan coetáneamente como poseedores al ejercer actos materiales.
  • Identidad de objeto. Los actos posesorios recaen sobre una misma cosa y no sobre un sector de la unidad.
  • Homogeneidad de poder de cada uno de los poseedores sobre la cosa, para disfrutarla proindiviso. No obstante, cada poseedor actúa teniendo en cuenta la limitación que conlleva la cotitularidad de la posesión.
  • El ánimus domini en la coposesión es limitado, compartido y asociativo. Los varios coposeedores no tienen intereses separados, sino compartidos y conjuntos sobre la misma cosa, auto limitándose, ejerciendo la posesión en forma proindivisa.

Por otro lado, la copropiedad se encuentra regulado en el artículo 969° del Código Civil, y establece lo siguiente: “Hay copropiedad cuando un bien pertenece por cuotas ideales a dos o más personas.”

Es así que podemos colegir que la copropiedad consiste en la coexistencia de varios derechos de propiedad sobre una cosa, es decir, que más de una persona tienen el mismo derecho sobre un bien, teniendo cada uno de ellos una cuota ideal sobre el bien, generalmente cada una de ellas representada en porcentajes.

CARACTERÍSTICAS DE LA COPROPIEDAD 

  • La existencia de un bien determinado (o de varios bienes)
  • La pluralidad de sujetos, proyectado hacia el mismo bien o bienes.
  • La particularidad de que sus derechos están representados por cuotas ideales o porcentajes y no sobre partes materiales del bien o bienes. 
  • Cada copropietario tiene derecho a servirse del bien común, siempre que no se altere su destino, ni se perjudique el interés de los demás. El derecho de usar el bien les corresponde a todos los copropietarios, en el caso de que no haya un acuerdo entre ellos, el juez regulará el uso, el cual será bajo las reglas procesales sobre administración judicial de bienes.
  • El copropietario que usa el bien parcial o totalmente con exclusión de los demás, debe indemnizarlos en las proporciones que les corresponda.

Para más información, escríbenos a: info@casaclicperu.com

Por: Edson Zelada Herrera

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Conoce cómo redactar un documento de cesión de derechos de un terreno o propiedad

| Fecha: 04 Jul, 2022

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cesión

Ceder los derechos de una casa, un local o un terreno es un acto muy importante, para el cual disponemos de un recurso legal importante: El documento de Cesión de derechos de una propiedad, es un documento escrito mediante el cual el propietario (conocido como cedente) cede derechos de una propiedad a una o varias personas, las cuáles se llaman cesionarios. Esas personas son quienes reciben la titularidad de la propiedad (bien inmueble).

Cabe mencionar que, en el acto de cesión, el cedente traslada tanto los derechos como las obligaciones en torno a la propiedad. La cesión puede ser total o parcial.

Para que la cesión de derechos sea eficaz, es necesario que se cumpla lo siguiente:

  • Un título en el que conste la cesión de titularidad sobre los derechos que transmite el cedente. Es necesario que se realice por escrito y que estén acreditados por escritura pública.
  • Tiene un carácter bilateral: Es necesaria la aceptación del cedente y del cesionario para que el contrato de cesión de derechos tenga validez.
  • Derecho cesible: No debe existir ningún impedimento legal para la transmisión de los derechos a un tercero.

En el presente artículo te enseñaremos las cláusulas básicas para redactar correctamente un documento de Cesión de derechos de una propiedad:

  1. Datos personales del cedente: Aquí debes anotar los datos personales completos de la persona que en este acto se constituye en cedente de la propiedad (Nombre, apellido, dirección: calle, ciudad, país).
  2. Nombre y Apellido del cesionario: En este paso consignar los datos completos del receptor de la propiedad (Nombre, apellido, dirección: calle, ciudad, país).
  3. Datos de la propiedad que es cedida:  Aquí consignar datos de la propiedad cedida con la mayor precisión posible, se pueden anexar facturas.
  4. Porcentaje que es cedido: Teniendo en cuenta que en algunas ocasiones la cesión de derechos no es total, es oportuno especificar el porcentaje de la propiedad que es cedida.
  5. Fecha a partir de cuándo se efectiviza la cesión de los derechos:  Consigna aquí desde cuándo el cesionario puede disponer de la propiedad que recibe.
  6. Tipo de Cesión de los derechos:  Anotar si la cesión responde al pago de una deuda, o si es una donación.
  7. Firmas de cedente y cesionario:  Al final de la Carta debe firmar, tanto la persona que cede, como el receptor de dicha cesión de los derechos. Consignar nuevamente los datos personales de ambos.

Por: Alejandra López Palma

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Como vencer a la inflación invirtiendo en bienes raíces

| Fecha: 01 Jul, 2022

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inflación

Los inversores a nivel mundial han encontrado en bienes raíces un refugio ante el aumento de la inflación y la actual crisis geopolítica.

Los especialistas afirman que los activos inmobiliarios están demostrando un gran potencial en el mercado ya que los operadores del sector tiene mayor confianza en el desarrollo del negocio y algunos a pesar de la subida de los tipos de intereses de la reserva federal de Estados Unidos y del BCE, aún esperan un aumento de la rentabilidad para los últimos trimestres del 2022, esto puede pasar pese al incremento de los costes en la cadena de suministros de las materias primas.

El mercado también se está transformando ante los cambios en el estilo de vida surgido en los últimos años. Cada vez más, los profesionales del sector tienen una mayor sensibilidad hacia el compromiso social, ambiental y de buen gobierno. Todo esto también repercute a la hora de pensar los nuevos edificios.

Hay un sin número de retos y oportunidades a largo plazo vinculados a las nuevas tendencias que se han acelerado o incluso desencadenado por la pandemia.

Cómo invertir en bienes raíces utilizando instrumentos financieros

Los fondos de inversión mundial tienen entre sus principales objetivos, la era del cambio energético, lo que va suponer la transición que nos permitirá obtener un menor impacto ambiental de los edificios.

Esta crisis sanitaria consolida un impulso hacia la creación de edificios más ‘human-centric’, atentos a las necesidades de las personas. En particular, las oficinas serán las más implicadas en el cambio, ya que deberán adaptarse a los nuevos métodos de trabajo mixto remoto/presencial.

También podemos destacar que en los próximos años venideros el sector inmobiliario tendrá que transformarse en su conjunto. Los inquilinos, por ejemplo, exigen cada vez más flexibilidad y contratos a corto plazo para satisfacer las necesidades de cambio, a menudo vinculadas al deseo de un mayor nivel de comodidad, servicios, salud y bienestar y conectividad digital.

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¿En qué consiste el derecho real de usufructo? Conoce sus principales características

| Fecha: 30 Jun, 2022

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usufructo

El usufructo es el derecho real que se le confiere al usufructuario de usar y gozar temporalmente de un bien cuya propiedad le pertenece a otro, es decir, al propietario, con tal que no se altere su sustancia. La obligación de conservar la sustancia de la cosa es inherente al usufructo e impone al usufructuario la obligación de prestar una caución especial a fin de garantizar que el bien dado en usufructo sea conservado y restituido una vez vencido el plazo acordado.

El profesor Enrique Varsi Rospigliosi señala que el usufructo implica “sacar provecho a un bien», asimismo es una de las formas de desmembramiento temporal de la propiedad más característica. Significa usar, disfrutar, utilizar, emplear aprovechar y servirse de un bien sin alterarlo, esa es la base de este derecho real”

El Código Civil en su artículo 999° señala lo siguiente:

“El usufructo confiere las facultades de usar y disfrutar temporalmente de un bien ajeno.

Pueden excluirse del usufructo determinados provechos y utilidades.

El usufructo puede recaer sobre toda clase de bienes no consumibles, salvo lo dispuesto en los artículos 1018 a 1020”

Por lo tanto, el propietario solo tiene derecho a la disposición mientras que el uso y el disfrute se encuentran a nombre del usufructuario, es importante que no se altere la sustancia de éste, debido a que el bien usufructuado en algún momento regresará al nudo propietario por eso el usufructuario tiene el deber de mantener la sustancia del bien; por que el derecho de usufructo recae sobre bienes no consumibles.

CARACTERÍSTICAS

  • Es un derecho real.
  • Es personalísimo e intransferible, razón por la cual, a la muerte del usufructuario, el derecho no pasa a sus herederos.
  • Es esencialmente indivisible.
  • Concede a su titular los derechos de uso y goce, puede servirse de la cosa y obtener de ella todos los beneficios de que sea susceptible.
  • La cosa dada en usufructo debe pertenecer a una persona distinta del que la recibe.
  • La duración del usufructo es limitada, debido a que, no puede durar más que la vida del titular y cuando es concedido a una persona jurídica, la duración máxima permitida es de 30 años.

CLASIFICACIÓN

  1. Perfecto: Es el usufructo que confiere la facultad de uso y goce de la cosa, sin alterar su sustancia.
  2. Imperfecto o cuasi usufructo: Es el que recae sobre cosas cuyo goce consiste en disponer de ellas y consumirlas. La transferencia de la propiedad está en la naturaleza del cuasi usufructo. Por lo tanto, al término del usufructo, el cuasi usufructuario no estará obligado a devolver la misma cosa, sino otras de la misma especie, calidad y cantidad o bien el valor estimativo que se les haya dado.

PLAZO MÁXIMO DE DURACIÓN

No podrá existir usufructo por mayor tiempo que la vida del usufructuario, aunque se haya fijado término a su duración, o se lo haya constituido para durar después de la vida del usufructuario, o a su favor y de sus herederos. El usufructo no puede ser establecido a favor de personas jurídicas, sociedades, o asociaciones no lucrativas registradas, por más de treinta años. Si en caso la entidad adquirente se disolviera antes, del usufructo establecido bajo término se extinguirá por su disolución.

CAUSALES DE EXTINCIÓN

Sin perjuicio de las causas extintivas de los derechos reales y de lo convenido por las partes, el usufructo se extingue:

  1. Cumplimiento de los plazos máximos o del establecido en el acto constitutivo.
  2. Prescripción resultante del no uso del derecho durante cinco años.
  3. Consolidación.
  4. Muerte o renuncia del usufructuario.
  5. Destrucción o pérdida total del bien.
  6. Abuso que el usufructuario haga de su derecho, enajenando o deteriorando los bienes o dejándolos perecer por falta de reparaciones ordinarias. En este caso el juez declara la extinción.

Por: Alejandra López Palma

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Consejos para ser un agente inmobiliario

| Fecha: 28 Jun, 2022

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agente inmobiliario

El agente inmobiliario es aquel profesional que brinda servicios de intermediación, asesoramiento y gestión en transacciones inmobiliarias, principalmente en operaciones de compraventa y arrendamiento de inmuebles. Asimismo, el agente inmobiliario se convierte en una persona indispensable cuando la persona que quiere alquilar, comprar o vender algún inmueble tiene poco o nada de conocimiento para realizar esta transacción, es aquí donde el agente inmobiliario se encargará de la intermediación entre el propietario del inmueble y el posible interesado, logrando la satisfacción de todas las partes.

Debemos saber, que en Perú se exige que para ejercer la función de Agente Inmobiliario se debe estar inscrito en el Registro de Agentes Inmobiliarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), para lo cual se debe llevar el Curso de Especialización de Agente Inmobiliario en alguna Universidad que lo dicte o por cualquier otra institución educativa que tenga convenio con el MVCS. Cabe señalar, que el sistema de registro del Agente Inmobiliario es un sitio de acceso libre para cualquier ciudadano que requiera obtener información de algún agente inmobiliario a contactar, solo deberás dar clic en el siguiente enlace:

https://agenteinmobiliario.vivienda.gob.pe/AgentesInmobiliarios.aspx

Dentro de las funciones de un agente inmobiliario tenemos las siguientes:

  1. Estudio de valuación comercial del inmueble para saber el precio más adecuado para salir al mercado.
  2. Asesorar al propietario sobre el rango del valor del inmueble dentro del cual se va a vender o alquilar.
  3. Revisión de los documentos de la propiedad: registros públicos y la municipalidad.
  4. Cruce de información de los documentos, estudio de la partida electrónica de la municipalidad y certificados HR (Hoja de Resumen) y PU (Predio Urbano) PR (predio rústico). El objetivo es ver que las áreas asignadas estén correctamente inscritas para detectar cualquier tipo de subsanación.

CONSEJOS PARA SER UN AGENTE INMOBILIARIO DE ÉXITO

  1. Un agente inmobiliario de éxito tiene una sólida formación en marketing, negociación y ventas. No dejes de capacitarte.
  2. Estás en un negocio de contactos. Conoce gente nueva cada día y no salgas de casa sin tus tarjetas de presentación.
  3. No empieces a promocionar un inmueble si no has revisado primero los documentos del mismo.
  4. Debes transmitir seguridad, confianza y optimismo en tus llamadas de captación. No le temas al rechazo.
  5. En cuanto te firmen la autorización de corretaje debes empezar la promoción del mismo.
  6. La exclusividad demuestra compromiso y confianza entre el agente inmobiliario y los propietarios. No temas pedirla.
  7. Aprende a negociar tu comisión. Ten claro qué ofreces y por qué cobras lo que cobras.
  8. Cuida la calidad de las fotos para que tus anuncios llamen la atención y destaque de la competencia.
  9. Haz una buena descripción de tu inmueble. No te límites a colocar el número de ambientes. Habla de sus beneficios.
  10. Tu estrategia digital debe estar orientada a generar visitas a los inmuebles que subas en tu propia página web.
  11. Un cliente satisfecho es nuestra mejor herramienta de captación inmobiliaria. Sé profesional y te recomendarán.
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Por: Casaclic Perú

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¿Por cuál te decides, comprar o alquilar?

| Fecha: 27 Jun, 2022

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compra

La compra de una vivienda es una de las más importantes decisiones financieras de tu vida, si la compra se realiza para una vivienda habitual. Cuando pensábamos que la crisis provocada por el Covid-19 cambiaría nuestra manera de afrontar esta decisión de compra o alquiler, ya que muchos estaban pensado salir de la ciudad o ampliar la vivienda para adaptarse al teletrabajo, los datos confirman que la compra de vivienda nueva creció durante todo el 2021 porque estamos en un mercado donde el comprador es el que está imponiendo los precios y que los alquileres han experimentado a principios del 2021 una leve a caída y a finales una alza . Sin embargo, la vuelta a la normalidad augura el retorno a las grandes urbes para los próximos años venideros , por lo que los problemas como el acceso a la vivienda o a la vivienda social se van a incrementar.

Por eso en este artículo te vamos a recomendar si es mejor decidirse en comprar o alquilar.

Antes de hablar un poco cuál es la mejor decisión tenemos que empezar que es significa el PER.

El PER también conocido como ratio de precio-beneficio o price-to-earnings se usa para valorar el beneficio de la inversión, para que sea más entendible, podemos decir que es el retorno de cada sol o dólar que invertimos en un inmueble

El PER calcula el número de años de alquiler que son necesarios para la compra de esa misma vivienda.

Para realizar el cálculo del PER es muy sencillo en la inversiones inmobiliarias; es el resultado de dividir el precio de venta del inmueble entre los ingresos anuales por alquiler. El resultado obtenido serán los años que se tardará en recuperar la inversión (sin tener en cuenta actualizaciones del precio del inmueble o del precio del alquiler en el tiempo).

      PER = Precio venta / Ingresos anuales del precio.    

También es bueno saber que antes de comprar una vivienda tenemos que tener muy claro estas reglas de economía:

 ⁃ El precio no debe ser más que cinco veces tu salario bruto anual (y eso ya es generoso).

 ⁃ La cuota del crédito hipotecario no debe superar el 30% de tus ingresos netos mensuales.

 ⁃ Tienes que poder pagar, como mínimo, entre el 10% o 20% a de cuota inicial.

 ⁃ Tienes que acabar de pagar la vivienda antes de jubilarte.

Si no cumples algunas de estas reglas básicas de la economía, te recomendamos que sigas viviendo de alquiler.

En realidad, comprar una vivienda no es ni bueno ni malo. La vivienda solo pasa a ser un activo si realmente la alquilas y obtienes dinero por ella. En caso contrario, la vivienda donde habitas es solo un pasivo. Si con esa vivienda no vas a hacer nada más que vivir en ella, quizás no sea tan acuciante tenerla en propiedad. Vivir de alquiler tiene unas ventajas claras, como por ejemplo puedes cambiarte de residencia tantas veces como se desees. No pagas impuestos, ni seguros, ni hipotecas, ni muchos otros gastos según sea el caso o el tipo de contrato de arrendamiento que hayas firmado. También hay que resaltar que vivir en alquiler nos permite diversificar nuestras inversiones y destinar nuestros ahorros a otras cosas que pueden ser más rentables que una vivienda, que en realidad es una inversión muy poco líquida pero si es fija es palpable. 

Por eso si estás pensado en comprar o alquiler tú mejor que nadie sabes tú situación económica, así que piénsalo y evalúa todo los pro y contras.

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