¿Qué son las mejoras y cuántas clases existen?

| Fecha: 09 Ene, 2022

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Mejoras

En primer lugar debemos saber, al producirse la restitución del bien materia de la posesión, el poseedor tiene derecho a que se le pague el valor de ciertas mejoras, pues éstas han «mejorado» el objeto de la posesión, lo que debe ser compensado, por lo tanto, las mejoras constituyen una alteración material producida en el bien sujeto de la posesión, donde buscan repararlo, aumentar su valor, proporcionar mayores comodidades e incluso hasta lujos. 

En suma, las mejoras son aquellos desembolsos patrimoniales realizados el poseedor inmediato (arrendatario) tendientes a aumentar el valor o utilidad del bien del poseedor mediato (arrendador o dueño). Teniendo tales mejoras las características de modificar materialmente el bien sobre el cual se realicen y el de reembolsables.

CLASES DE MEJORAS

El artículo 916° del Código Civil, establece lo siguiente: 

“Las mejoras son necesarias, cuando tienen por objeto impedir la destrucción o el deterioro del bien.

Son útiles, las que sin pertenecer a la categoría de las necesarias aumentan el valor y la renta del bien.

Son de recreo, cuando sin ser necesarias ni útiles, sirven para ornato, lucimiento o mayor comodidad.”

  1. Mejoras Necesarias: Son aquellas introducidas con el objetivo de conservar el bien poseído. Sin ellas el bien quedaría destruido irremediablemente. Por ejemplo: El apuntalamiento de una pared en peligro de caer. 

Por tanto, las mejoras necesarias son aquellos desembolsos patrimoniales de carácter urgente realizados (por el poseedor inmediato) sobre el bien (del poseedor mediato) con el objetivo de evitar su destrucción.

  1. Mejoras Útiles: Son aquellas que sin tener el carácter de urgencia propio de las necesarias, determinan el provecho del bien aumentando su valor. Por ejemplo: La construcción de un cuarto de baño en una casa-habitación, la instalación de luz eléctrica, la construcción de un depósito, un tanque de agua y similares. 

En otras palabras, cuando el ejercicio posesorio se exprese en la explotación económica a fin de obtener un rendimiento económico aumentando cualitativamente su valor. Por tanto, las mejoras útiles son aquellos desembolsos patrimoniales, que sin tener el carácter de urgente, se realizan (por el poseedor inmediato) sobre el bien (del poseedor mediato) y que aumentan el valor del mismo.

  1. Mejoras de Recreo: Llamadas también voluntarias son aquellas que sin ser necesarias ni útiles, proporcionan mayores comodidades o satisfacen aspiraciones estéticas a quien las hace. Un ejemplo de este tipo de mejoras son las pinturas artísticas efectuadas en las paredes de una casa, la construcción de un jardín japonés y otros hechos análogos. En otras palabras, son aquellas efectuadas para la comodidad personal del poseedor y que encierran un valor superfluo ya que son realizadas sólo para fines de ornato, lucimiento o mayor comodidad. Sirviendo al poseedor para su bienestar permanente. 

Por tanto, las mejoras de recreo son aquellos desembolsos patrimoniales, que sin tener el carácter de urgente, se realizan (por el poseedor inmediato) sobre el bien (del poseedor mediato) por razones superfluas (como el ornato, lucimiento o mayor comodidad) y que benefician a quien las realiza.

Para más información, escríbenos a: info@casaclicperu.com

Por: Edson Zelada Herrera


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