| Fecha: 20 Nov, 2020
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El depósito de garantía, es la cantidad económica que el inquilino o arrendatario da al propietario o arrendador para garantizar el incumplimiento de determinadas obligaciones por parte del inquilino. Para que este se realice deben de estar de acuerdo ambas partes y supone por lo general el pago de dos meses de la renta si es un inmueble residencial y si es comercial pueden ser tres meses de renta, esto es debido a que el contrato de alquiler comercial tiene más duración. El importe del depósito de garantía lo recibe y custodia el propietario y su devolución se efectúa a la finalización del contrato de arrendamiento siempre que se cumplan todas las cláusulas acordadas
En conclusión, es una garantía a favor del arrendador.
Además de esta garantía, el arrendador puede exigir al inquilino otras garantías, y que lo vamos a llamar garantías adicionales, y pueden ser algunas de estas que vamos a mencionar:
Todas estas garantías adicionales mencionadas, sirven al arrendador para resarcirse en caso de que se produzcan determinados incumplimientos o daños sufridos por parte del inquilino.
Si hay que reparar algo, el propietario o arrendador podrán quedarse con una parte de la misma (o toda) para pagar el arreglo o que el inquilino o arrendatario reparte el daño que se haya ocasionado.
Cabe mencionar que al terminar el contrato se devolva al inquilino o arrendador la suma inicialmente entregada en su totalidad si la vivienda o local se ha devuelto en las mismas condiciones en que se entregó la propiedad, cabe de recordad que hay desgates de algunas instalaciones por el uso y estas no debe de figurar como daños ocasionados por el inquilino.
También es usual que estas garantías se devuelvan al mes siguiente de finalizar el contrato o al mes siguiente que hayan dejado la propiedad, esto sirve para que el propietario verifique que no haya quedado algún recibo pendiente, de los servicios básicos, porque estos suelen llegar a mes vencido.
Si así lo estipule el contrato estas garantías no se deben de usar para cubrir las cuotas de los meses de renta, pero no se suele darse esto, porque los inquilinos hacen uso de la garantía el último mes antes de dejar la propiedad.
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